Eleazar bienvenido y gracias por tus respuestas son de mucho valor para la comunidad. Te comento que el cálculo anualizado es algo relativamente sencillo solo con el cumplimiento de algunas reglas básicas:
1ro. Que los gastos de oficina central serán dividido entre la facturación anual de la empresa a costo directo (es decir sin considerar impuestos).
2do. Tienes la libertad de agregarle un monto anual mayor a lo facturado por la empresa si el ejercicio anual aún no se termina, y aún sea posible la espera de otros proyectos. Ojo Esto es válido, pero debe de tener cierta congruencia con el estado de resultado de tu compañía que se presenta en la propuesta técnica ( ni tanto que queme al santo ni tanto que no lo alumbre)
El cálculo porcentaje de gasto total es más sencillo y aquí básicamente se trata de lo siguiente:
Que lo que tu empresa facture al año que porcentaje representa para el cliente que le estas concursando. De esta manera si a la dependencia solo te representa un cierto porcentaje de tu facturación anual ese el que le debes trasladar; o bien si estás ejecutando otras obras en el mismo ejercicio que porcentaje de tu gasto de oficinas representará el cliente al que le concursas.
El gasto total obtenido se dividirá entre el costo directo de obra y obtendrás tu % de indirectos de oficina.
La mayoría de las Dependencias optan por el gasto anualizado pero yo pienso que el más real es el que se representa por un % del gasto total.
Cualquier opinión distinta o añadida será de mucha utilidad. Saludos